A la hora de comenzar la andadura de tener una empresa también surgen numerosas dudas sobre qué modalidad de contrato vamos a utilizar para los trabajadores o trabajadoras que se incorporen a la plantilla.
Desde aquí recomendamos en primer lugar analizar la empresa desde un punto de vista objetivo, es decir, ver el tamaño de la empresa o a qué tamaño va a llegar a corto plazo, ya que no es lo mismo si vamos a contratar a 20 personas que a 7 personas, porque de ahí dependerá mucho qué tipo de contrato.
Tenemos que analizar si se va a tener a trabajadores que se van a formar a la misma vez que se va a formar la empresa, así, por ejemplo el contrato de formación encajaría perfectamente en este ámbito, además este contrato como ya hemos visto (ver post sobre contrato de formación), supone que se nos va a reducir la cuota empresarial a la Seguridad Social en un 100%, es decir, nos va a salir gratis este trabajador, siempre y cuando la empresa tenga menos de 250 personas trabajando o un 75% para el resto de empresas.
Por esta razón también tenemos que analizar qué tipos de incentivos o bonificaciones nos van a entregar para, que al principio de la creación de la empresa, no se vaya todo el negocio en cuotas y sueldos de los empleados y empleadas.
También tenemos que analizar qué tipo de personas queremos contratar sin son jóvenes y sin experiencia, el contrato de formación encajaría perfectamente, pero si necesitamos una categoría senior, es decir, una persona que ya ha trabajado bastante en su vida. En este caso podríamos irnos a contrato indefinido pero a esta persona la podríamos seleccionar dentro de las personas paradas de larga duración, de esta manera tendremos dos incentivos, uno por realizar un contrato indefinido y otra por contratar a una persona de larga duración, estableciendo una bonificación para la empresa de mínimo 1.300 euros y así en adelante.
Por eso mismo tenemos que analizar todos los aspectos, las personas que necesitamos, los beneficios que nos va a dar esa persona. Si queremos contratar servicios externos para que nos realicen el trabajo, o contratar a personas para una obra o proyecto específico, en este caso nos iríamos a un contrato por obra y servicio.
Lo que sí se recomienda que no se abuse de los tipos de los contratos como por ejemplo la figura del becario, ya que a la larga podría traer sanciones a la empresa, con lo que conlleva multa y menos beneficios de la empresa. Con los incentivos y bonificaciones actuales, es más conveniente un contrato indefinido y a fin de cuentas, están realizando que tú plantilla sea fija, tenga asimilado su puesto y función de la empresa y se puede remar juntos hacia los mismos objetivos, cosa que no pasaría si se tuviera solo y exclusivamente contratos temporales, ya que la sensación de tener la empresa como un proyecto propio no existiría por la temporalidad.
A modo de conclusión, podemos decir que hay que analizar la legalidad, el tamaño de la empresa y el perfil de la persona que se va a contratar.