Contrato a tiempo parcial: todo lo que necesitas saber

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

España es uno de los países que más contrato a tiempo parcial realizan del mundo, este tipo de contrato es cuando el trabajador y el empresario acuerdan establecer un contrato por un número de horas, en la jornada laboral, inferior a 40 horas semanales.

En estos tipos de contratos la jornada podrá realizarse de forma continua o a jornada partida

¿Cómo se tiene que formalizar un contrato de este tipo?

Como la mayoría de las relaciones laborales, se tiene que hacer por escrito con el modelo que le corresponde (como el que te adjuntamos o en las numerosas webs oficiales), en este modelo escrito tiene que aparecer el número de horas que se va a trabajar, ya sean diarias, semanales o mensuales, y habrá que especificar además cómo serán los turnos de la persona contratada. Si alguno de los datos específicos faltará, ese contrato se asimila al de jornada completa.  Una vez formalizado dicho contrato se tendrá un plazo de 10 días hábiles para su presentación en el SEPE.

¿Qué tipos de contratos a tiempo parcial existen?

Dentro de los contratos a tiempo parcial se puede distinguir dos tipos: Indefinido o por duración determinada.

  • Contrato a tiempo parcial indefinido: este tipo de contratos se suele utilizar para contratos que son cíclicos e intermitentes a lo largo del año, es decir, se utilizan para realizar trabajos que se consideran fijos, porque se realizan todos los años pero que no son continuos en el año sino periódicos. Por ejemplo, algunas personas que trabajan en el ámbito de la agricultura.
  • Contrato a tiempo parcial por duración determinada: este tipo de contrato se suele realizar por parte de la hostelería, debido a un motivo principal, las épocas estivales son muy diferentes unas de otras por lo que no se puede hacer un contrato indefinido, porque no se sabe cómo irá ese periodo del año.

Prohibición en el contrato parcial

En este tipo de contratos no puede estar una persona que sea objeto de contrato de formación y aprendizaje.

Horas complementarias

Este tipo de horas no se puede exceder en un 30% de las horas de la jornada laboral, los convenios colectivos pueden aplicar otro porcentaje sin exceder el 60% de la jornada laboral.  En el caso de los contratos a tiempo parcial indefinido, la realización de horas complementarias no puede superar los 15%, ampliables por Convenio a un máximo del 30%.

Cotización

La cotización en estos tipos de contratos, se hará por desempleo, formación profesional y por el Fondo de Garantía Salarial y la cotización irá en función de las horas al mes que se trabaje, también se computarán las horas complementarias realizadas. En ninguna de las situaciones la base que se obtenga para la cotización podrá ser superior a 4.070,10 euros ni inferior a 6.33 por cada hora trabajada.

Beneficios del contrato a tiempo parcial

  • Pueden reducir los costes 
  • Mayor flexibilidad y conciliación familiar.
  • Facilita la evaluación de las necesidades 
  • Se puede compaginar el trabajo con estudios, por eso es el más utilizado por los estudiantes.