Un despido es procedente cuando se ha realizado de manera correcta y el juez así lo ha considerado. La condición es que las cartas de despido y las causas deben estar ajustadas a derecho y, de igual forma, el comportamiento del empresario debe haber sido el adecuado. Por todo ello el despido estará justificado.
Solo el Juez puede declarar que un despido es procedente. Una empresa puede despedir a un trabajador a través de un despido disciplinario u objetivo y, en función de la causa que determine el estudio, el juez será quien diga si es correcto o no, es decir, si procede.
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Una empresa puede despedir a un trabajador de dos maneras:
El despido disciplinario es la extinción de la relación laboral por un comportamiento grave del trabajador, motivo del despido. Este despido no obliga a ninguna indemnización de parte de la empresa, aunque debe hacer el finiquito, es decir, la propuesta de liquidación de lo adeudado. Además, el trabajador adquiere derecho a paro.
El despido objetivo es la extinción de la relación laboral, fundamentalmente, por sucesos económicos, técnicos u organizativos, o de producción, que tenga la empresa.
El trabajador, en este caso, tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. El trabajador deberá recibir un preaviso con 15 días de antelación. Adquirirá derecho a finiquito, es decir, al cálculo de lo que se le adeuda y a la prestación por desempleo.
El artículo 52 del Estatuto del Trabajador recoge como causas justificadas para despedir a un trabajador las siguientes:
La norma general indica que la extinción de un contrato exige un preaviso de parte del empleador. Lo común es que se notifique con 15 días de antelación la voluntad de dar por finalizada la relación laboral.
Sin embargo, en un despido disciplinario no es obligatorio el preaviso. En este caso debe comunicarse por escrito la carta de despido, en donde constarán los hechos que lo motivan y la fecha a partir de la que tendrá efecto.
De acuerdo al ordenamiento jurídico, el trabajador ya no podrá ocupar su puesto de trabajo a partir de la fecha indicada en la carta del empresario.
En los casos de despido procedente, el trabajador recibirá una indemnización por despido, con independencia de que sea objetivo o colectivo, de 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
En todos los casos de despidos disciplinarios, el trabajador no podrá contar con ningún derecho a percibir una indemnización.
El finiquito de un trabajador es todo aquello que la empresa le debe a la fecha del cese en el puesto de trabajo: la parte del salario del mes en curso, la remuneración de los días de vacaciones no gozados y todo en un solo pago, que tendrá que ser aceptado por el trabajador para dar por terminada su relación laboral con la empresa.
El finiquito es un derecho que tienen todos los trabajadores al terminar su relación laboral con la empresa en la que desempeñaban tareas, fuera por despido o por baja voluntaria.
Cuando se necesita asesoramiento legal, ya sea para exponer dudas en cuanto a un despido o conocer cuál es el procedimiento correcto para realizar una reclamación, es necesario consultar a un abogado especializado en derecho laboral.
El conocimiento sobre cómo proceder es fundamental para tener éxito en las gestiones por despido procedente e indemnización. Además, un experto ofrece las garantías de seguridad y confidencialidad que se requiere en estos casos.