La Reclamación de Cantidad Laboral es una demanda judicial que el trabajador realiza a la empresa en donde desempeñaba tareas por cierto importe de dinero, vinculado a la relación contractual, y exige que este monto se haga efectivo.
El trabajador tiene pleno derecho de realizar la reclamación de la cantidad laboral, incluidos todos los intereses moratorios del último año natural. Cuando haya finalizado su contrato o haya solicitado la baja voluntaria, siempre que no exista un finiquito firmado, ya que generaría efectos liberatorios.
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El proceso de reclamación de cantidad laboral comienza con la presentación de la papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que corresponda a la ciudad en la que resida el empleado y en donde la empresa tiene su sede.
Este documento pretende que ambas partes lleguen a un acuerdo, así como evitar el proceso judicial, aunque, generalmente, se convierte en el trámite de inicio. Si no existe un acuerdo, el trabajador deberá presentar la demanda de reclamación de cantidad en el juzgado social que le corresponda.
El Proceso Monitorio solamente es ejecutable en solo en los procesos de reclamación de cantidades en los cuales no existan controversias. Una de las principales ventajas que ofrece al trabajador es la rapidez, en comparación con el Proceso Ordinario. Además, no es obligatoria la contratación de los servicios de un procurador o un abogado, pero solo en los siguientes tres supuestos:
El Proceso Monitorio dará comienzo cuando el trabajador presente, en el Juzgado correspondiente, el formulario que allí se le proporcionará y en el que deberá rellenar con sus datos de identidad completa. Es decir, su Número de Identificación Fiscal, NIF, su domicilio completo, un desglose de las cuantías y los conceptos básicos reclamados.
Este formulario se entrega en el juzgado acompañado de una copia del contrato que vincula a ambas partes, así como también un informe de vida laboral actualizado y los recibos de los salarios.
Si la petición es admitida en el juzgado, el empresario tendrá que pagar lo reclamado en menos de 10 días. Cuando el empresario se opone a la petición formulada por el trabajador, el juzgado pondrá en conocimiento del trabajador que dispone de un plazo máximo de 4 días hábiles para presentar demanda en dicho juzgado, lo que se constituye en el inicio del Proceso Ordinario.
En aquellos casos en los que el impago de salario es continuado y el empresario se ha opuesto a pagar la deuda después de terminado el Proceso Monitorio, comienza el denominado procedimiento ordinario de reclamación de cantidad.
El trabajador, a partir de este momento, puede acogerse al artículo 50.1b del Estatuto de los Trabajadores. Esta norma le faculta a extinguir su compromiso contractual sin perder ninguno de sus derechos.
Es decir, cuando el trabajador finalizó su relación contractual por voluntad propia, mediante la baja voluntaria, mantendrá el derecho a cobrar la misma indemnización que le hubiera correspondido si hubiera sido despedido de forma improcedente.
Otro caso similar es si el trabajador que solicita su baja voluntaria pasa, automáticamente, a situación legal de desempleo y tiene derecho a cobrar la correspondiente prestación por desempleo. Derecho este que no se pierde, aunque la empresa alegue dificultades económicas.
Las empresas que se han declarado insolventes o que se encuentren frente a un concurso de acreedores no harán efectivo el pago, sino que lo hará el Fondo de Garantía Salarial, FOGASA. Este organismo abonará las cantidades que le correspondan al trabajador, basado en salarios e indemnizaciones que no haya percibido y que le sean adeudados según los márgenes establecidos por ley.
En el supuesto de que el trabajador extinguiese su contrato en base a lo establecido en el artículo 50.1b del Estatuto de los Trabajadores, el FOGASA, pagará 30 días de salario por cada año que haya estado empleado en la empresa, con un límite máximo de una anualidad.
Para el trabajador y para la empresa, es fundamental contar con el asesoramiento legal adecuado, por eso siempre es conveniente consultar a un abogado especializado en derecho laboral. ¿Necesitas un abogado especializado? Puedes utilizar nuestro servicio, totalmente gratis. Completa el formulario con tus datos y te contactaremos con un abogado en tu zona.